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El Círculo de Empresarios de España aboga por suprimir los cabildos para reducir gastos

El 'think tank' recomienda la medida para la eficiencia de la Administración Pública

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
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    El Círculo de Empresarios se ha reunido para proponer distintas medidas para una administración pública más eficiente y moderna. Según los diarios La Provincia y El Día, este laboratorio de ideas habría abogado por suprimir los cabildos para reducir gastos. Una medida que ya salió a la palestra en la pasada crisis económica y que ahora vuelve a ponerse sobre la mesa.

     

    La entidad presidida por Manuel Pérez-Sala presentó el pasado miércoles esta propuesta para racionalizar el entramado institucional con una hoja de ruta recomendada ya en 2011. Según afirman desde el 'think tank', las diputaciones, cabildos y consejos insulares acumulan cada año 4.200 millones de gasto que califican de superfluo. 

     

    ¿Cuáles son las diferencias entre cabildos, diputaciones y consejos?

     

    Es cierto que son muchos los ciudadanos canarios que se han planteado alguna vez la eficiencia de los cabildos y su importancia en la red de instituciones de las islas. Para conocer su magnitud cabe destacar las principales diferencias que distinguen un cabildo de una diputación o un consejo. 

     

    La principal diferencia es la forma de elección. Los miembros de un cabildo se eligen de forma directa por parte de los votantes, al igual que ocurre con los consejos a excepción del Consell de Formentera, integrado por concejales salidos de los comicios municipales.

     

    ¿Cuáles son las funciones y competencias de un cabildo?

     

    El archipiélago canario, al no tener diputaciones provinciales, cuenta con siete cabildos, uno para cada isla con la salvedad de La Graciosa. Estos órganos existen desde 1912 tras la creación de la Ley de Cabildos. Se trata de entidades locales que asumen las competencias de las diputaciones provinciales, es decir, coordinar los servicios municipales y prestar asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios.

     

    Además, los cabildos podrán gestionar las competencias que sean transferidas o delegadas por la comunidad autónoma. El Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por la Ley Orgánica 10/1982 de 10 de agosto y reformado por la Ley Orgánica 4/1996 de 30 de diciembre, establece en su artículo 23 la validez de dichas competencias una vez sean transferidas o delegadas. 

     

    Históricamente, "la figura de los cabildos representó la respuesta del poder central para alejar el famoso pleito sobre la hegemonía y la capitalidad", según publica el notario Hipólito González en su libro 'La nueva política'. En definitiva, el cabildo está llamado a descentralizar la fuerza de arrastre de las capitales y equilibrar los recursos que se destinan al resto del territorio.

     

    Bajo esta óptica, la propuesta del Círculo de Empresarios de España perjudicaría a las islas no capitalinas y pondría de nuevo sobre la mesa el debate sobre el pleito insular.

     

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