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La Oliva se desdice y vuelve a cambiar la norma en un nuevo bando

El ayuntamiento no limita la libertad de circulación de personas entre las 22 horas y las 6 horas, en rectificación del bando inicial

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
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    La situación en el municipio norteño, tras los últimos reportes de sanidad han obligado a la administración municipal a elaborar una serie de normas íntimamente ligadas al PEIN (Plan de Emergencia Insular) que en un primer momento limitaban la libertad de circulación en el municipio entre las 22.00 horas y las 06.00 horas del día siguiente.

     

    Esta norma desaparece en un nuevo bando, lo que es una rectificación en toda regla del bando inicial. 

     

    En estos momentos, la situación en La Oliva está de la siguiente forma:

     

    La permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, quedará limitada a las personas convivientes, salvo en hostelería y restauración, y respetando el número máximos de 4 usuarios por mesa".

      

    Además, se establece el cierre al público de los establecimientos de hostelería y restauración antes de las 22 horas, excluyendo cafeterías y restaurantes de los centros de trabajo para el exclusivo uso de los trabajadores.

     

    El número de comensales por mesa será de 4 personas y la prohibición del servicio en zonas interiores, excluyendo centros sanitarios, centros de trabajo para el uso de su personal y las de alojamiento turístico para el uso exclusivo de los huéspedes en régimen de alojamiento.

     

    Los casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos y de juegos, locales de apuestas externas y otros locales asimilables permanecerán cerrados.

     

    Se prohíbe la práctica de actividad física y deportiva no profesional en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos.

     

    La práctica de actividad deportiva no profesional y ejercicio físico al aire libre puede llevarse a cabo individualmente y siempre que pueda mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. No podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas o ejercicios en los que no pueda garantizar el mantenimiento de dicha distancia en todo momento

     

    En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros queda reducido su aforo al 50%.

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