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Solicitan amparo en Juzgado de Guardia ante el precinto cautelar del Budda en Puerto del Rosario

La empresa considera "desproporcionado" el precinto cautelar del local

 

  • Redacción NoticiasFuerteventura
  • Radio Sintonía

     

    En una primicia de Radio Sintonía se explica la posible indefensión de un empresario capitalino tras un precinto, en este sentido “la empresa argumenta que es” totalmente ilegal, injusto, desproporcionado e innecesario y se está vulnerando el derecho fundamental a la libertad de empresa a sabiendas de la injusticia que se está cometiendo. La doctrina del Tribunal Constitucional ha reiterado que, cuando se restringe un derecho fundamental, se ha de hacer siguiendo el criterio de intervención mínima y proporcionalidad, respetando el contenido esencial del mismo. En este caso se trata de un derecho, la libertad de empresa, enmarcado en la Sección 2 del Título I del Capítulo II”.

     

    Por otro lado considera que “este precinto de forma cautelar es una Vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art 24 constitución) y  causa  indefensión por cuanto hoy es un día inhábil y no se puede acudir a los tribunales para recurrir el precinto, ni presentar alegaciones ante la autoridad competente que llevase aparejado la suspensión del precinto cautelar del establecimiento”, explica en exclusiva Radio Sintonía.

     

    En relación a la causa del precinto cautelar explica que “en la madrugada del 20 de mayo sobre las 2:30 de la mañana, se personan en el citado establecimiento miembros de las Fuerzas de seguridad del estado, de Policía Nacional y Policía local, una vez dentro del establecimiento comunican que se iba a proceder a un control rutinario de documentación de los presentes, tras la colaboración del personal encargado de la seguridad y control de accesos, los agentes detectan la presencia de dos personas menores de 18 años, la empresa desconoce la edad exacta y así como si portaban en ese momento el documento nacional de identidad ya que no se les facilito esa información, aunque se hizo constar que para el acceso al interior del establecimiento se exigía por parte del personal de seguridad estar en posesión del DNI físico que acreditase ser mayor de 18 años.

     

    Una vez entregada el acta de la presunta infracción administrativa a la ley 7/2011 de 5 de abril, por los agentes de la policía local, se permite el acceso de todas las personas que una vez identificadas que habían sido trasladadas al exterior del establecimiento y continuar con la actividad de discoteca, siendo las 02:58 de la mañana.

     

    A las 08:30 de la mañana de hoy 20 de Mayo, se comunica  que a consecuencia de el acta de infracción administrativa se va a proceder al precinto cautelar del local.

     

    Desde la empresa se pide que  se notifique en día hábil, el próximo lunes con efectos de esa semana para que esta parte pueda acudir a los tribunales con tiempo suficiente para poder alegar y no generar indefensión.

     

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