PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

A+ A A-

Una playa artificial… y más, en Puerto Lajas

Será en una gran franja del frente marítimo de Puerto del Rosario con una longitud de unos 2 kilómetros y una anchura media de 600 metros

Redacción NoticiasFuerteventura

 

No es sólo una playa artificial. La información adelantada por el Canarias 7 el pasado 25 de junio relativa a la solicitud de concesión administrativa para la construcción de una playa artificial en la Rosa del Lago (al norte de Puerto Lajas), está relacionada con un gran proyecto urbanístico para construir sobre 1'2 millones de m² un campo de golf salpicado de parcelas hoteleras, zonas residenciales, viviendas unifamiliares y hasta dos grandes zonas comerciales. Todo, a partir de la rotonda de Guisguey en dirección a Parque Holandés y ubicado en primera línea de costa.

 

Todo, afectado en su momento por diversos retrasos en la tramitación de los permisos y la Ley de Moratoria, lo que llevó incluso a la propiedad del terreno a pretender que el Gobierno de Canarias le compensara este supuesto daño con más de 67 millones de euros. Compensación que no prosperó cuando el Ejecutivo demostró que los retrasos eran imputables a los promotores del proyecto y no a la administración.

Un viejo proyecto

 

El proyecto original se remonta al menos tres décadas atrás. En plena ebullición urbanística en 1999 la por entonces CUMAC (COTMAC) aprobó el Plan Parcial Rosa del Lago  en la sesión de 23 de febrero, y luego fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias de 27 de agosto de 1999. La aprobación fue previa a la del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura, por lo que éste tuvo que incluirlo.

 

No obstante, la Ley 6/2001, de medidas urgentes (la Moratoria), consiguió paralizar su desarrollo al suspender temporalmente el otorgamiento de licencias urbanísticas en todo su ámbito, salvo las que cumplieran con determinados requisitos de alta calidad.

 

Preocupado por su estado, en 2002 Domingo González Arroyo, líder entonces del PP insular y parlamentario regional, se interesaba por el estado del proyecto ante el Gobierno de Canarias. Desde donde Julio Bonis, consejero de Presidencia, le respondía que por entonces ya estaban tramitándose en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario los expedientes de obra de las primeras 153 viviendas del plan parcial. Aunque el máximo del sector con un uso mixto residencial turístico es de 1.468 viviendas, incluyendo dentro de su ámbito la construcción de un campo de golf de 18 hoyos. No obstante, no todo iría tan rápido como informaba Julio Bonis.

 

Se tuvo que esperar a agosto de 2007 para que el Ayuntamiento de Puerto del Rosario diera luz verde a las ordenanzas reguladoras del proyecto del que por entonces se decía que prevé la construcción de cerca de 760 plazas hoteleras y 1.500 viviendas unifamiliares (bungalós y adosados).

 

Este retraso no impidió que se iniciaran las obras de urbanización. Canalizaciones y movimientos de tierras, viales señalizados sobre el terreno que aún hoy son perceptibles. Tampoco fue obstáculo para que el Consistorio capitalino, bajo la alcaldía de Manuel Travieso, concediera licencia al hotel contemplado en el proyecto.

 

El plan parcial se divide en diez zonas según su uso sea comercial, deportivo, hotelero, infraestructuras, viarios y viviendas unifamiliares aisladas y adosadas.

 

Con una previsión inesperada, el Pleno del Ayuntamiento de Puerto del Rosario de abril de 2008 incluso acordada hasta el nombre de las calles principales del plan parcial Rosa del Lago. A saber: Avda. de la Entradita, Avda. Punta del Lago, Avda. Playa del Charquito.

 

Pese a la previsión en el callejero, ese mismo año los propietario de los terrenos y del plan parcial reclamaron a las instituciones 68.804.300, 87 euros por los supuestos daños ocasionados por el retraso de las obras que ellos achacaban a la Moratoria.

 

Los interesados manifiestan en ese momento haber cumplido con todos sus deberes urbanísticos y haber ejecutado parcialmente el Plan “con anterioridad a la  entrada en vigor de la Ley 6/2001”, viéndose sus expectativas truncadas porque la  Ley 19/2003 dispuso que “para la isla de Fuerteventura no se admitirá crecimiento de la capacidad alojativa” y porque el Gobierno de Canarias aun no ha cumplido consus deberes manteniendo una “situación de incertidumbre e inseguridad jurídica” que ha dilatado “en el tiempo e indefinidamente la construcción de la edificabilidad”.

 

La respuesta del Gobierno de Canarias fue entonces contundente. Recordaba que las medidas comenzaron con los Decretos 4/2001 y 126/2001 y continuaron con la Ley 6/2001, normas que respondían –lo que es una técnica tradicional en el Derecho urbanístico- a la necesidad de suspender provisional y cautelarmente el otorgamiento de licencias o la revisión y modificación del planeamiento, sin consecuencias indemnizatorias, pues los interesados tenían el deber jurídico de soportarlas y, además, en ningún caso se eliminaban “los derechos urbanísticos consolidados, sino que se establecen unos ritmos de otorgamiento de autorizaciones previas sometidas a límites, al servicio del interés general”.

 

Precisa además el Gobierno de Canarias en 2011 que la reclamación se basa en unos aprovechamientos que no están patrimonializados pues el Plan Parcial, aprobado definitivamente el 27 de agosto de 1999, fue publicado en el BOP el 3 de septiembre de 2007, siendo así que el proyecto de urbanización se aprobó el 29 de diciembre de 2000 y el proyecto de reparcelación el 25 de junio de 2001. Es decir, tales proyectos –en cuya aprobación y publicación no interviene la Administración autonómica- son nulos de pleno derecho pues fueron aprobados antes de que existiera formalmente Plan, como nula es la licencia para la edificación del hotel de 5 estrellas.

 

Recuerda finalmente que quienes no concluyeron ninguna de las dos etapas de la ejecución de las obras de urbanización del Plan Parcial por  razones sólo a ellos imputables, cuando podían continuar con la ejecución del Plan Parcial exclusivamente turístico, sin necesidad de modificación alguna, pues no se les denegó la tramitación o el otorgamiento de licencias, ni antes de producirse la suspensión, ni después de la aprobación de las Directrices. En suma, las obras de urbanización de las dos etapas del Plan Parcial no fueron concluidas en plazo, por lo que, por esta causa, no se ha producido la patrimonialización de derechos.

 

Y en esas estamos ahora. La propiedad sigue dando pasos adelante para completar los requisitos del proyecto. En este caso, con la construcción de una playa artificial en la zona de Los Charquitos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Comentarios (0)