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La ley del Vacacional y el turismo que viene

Desde el Gobierno de Canarias se ha querido aclarar las principales dudas que se ciernen sobre la norma que regulará las VV

 

  • Yeray G. Nuez
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    Termina el plazo para presentar enmiendas en el Parlamento de Canarias sobre proyecto de Ley de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas, y el Ejecutivo autonómico, en la figura de la responsable del área que la promulga, Jéssica de León, ha querido dejar claros algunos factores que se integran en la norma para que la ciudadanía conozca, no sólo el contenido de la misma, sino el calado social y económico que se desprende de su aplicación una vez aprobada.

     

    Según la consejera “todavía es pronto” para llegar a alguna conclusión, sobre todo porque “hay un grupo en el Parlamento que ha considerado que ordenar la ley de vivienda vacacional no es urgente en Canarias”, lo que ha provocado que “el debate de toma en consideración” para discutir las enmiendas se celebrará el próximo 14 de marzo. Aún así, “estoy segura de que muchas de estas enmiendas serán constructivas y que ayudarán a la mejora de la ley, y también de que los grupos parlamentarios mejorarán el texto con aportaciones en positivo”.

     

    “Es verdad que estos días ha habido una inusual actividad de reuniones de distintos colectivos y asociaciones, con los grupos parlamentarios para dar su opinión. Nada distinto de lo que ha hecho la consejería durante estos 14 meses”. Pero, reiteró, “dependemos de lo que el Parlamento de Canarias estime sobre la aceptación o no de las enmiendas que se presentan por los distintos grupos”.

     

    La ley tiene en cuenta el riesgo de ‘gentrificación’

     

    Ante todo, la consejera quiso dejar clara la intención de la ley de ordenación con respecto a un tema que preocupa de sobremanera a la población: la pérdida de la identidad de los pueblos y barrios por la excesiva y masiva presencia de viviendas vacacionales y actividades relacionadas con el turismo, y la progresiva desaparición de la figura del residente, de la vida cotidiana, el negocio local, etc. Lo que se conoce hoy en día con el término de ‘gentrificación’.

     

    En palabras de Jéssica de León, “la identidad canaria es un factor principal de competitividad para este destino, es por lo que nos eligen la gran mayoría de los clientes, por el clima, por la seguridad y también por la idiosincrasia que tiene Canariasy y que es distinta a cualquier otro destino turístico en el mundo”. Es por tener en cuenta esta realidad, “que en el preámbulo de la ley aparece ese concepto de gentrificación”.

     

    “Si perdemos eso y ponemos en riesgo eso, lo que dice el anteproyecto de ley es que perderemos también un factor de competitividad económica, de rentabilidad y sobre todo y ante todo un factor social que a los canarios nos preocupa mucho y es que nuestros barrios sigan siendo nuestros barrios, nuestros pueblos se sigan pareciendo a nuestros pueblos y que la actividad turística sea con el residente, por eso en el preámbulo aparece ese concepto de gentrificación”.

     

    “La espina dorsal” de la ley en tres ideas clave

     

    La ley plantea tres cuestiones “que yo creo que son la espina dorsal”, afirmó la titular de Turismo. Primero, que “las nuevas licencias se correspondan con un planeamiento claro donde sean los municipios, en función de cada realidad municipal, los que digan cuáles son las zonas de crecimiento, las de decrecimiento, o las zonas tensionadas y por tanto donde la vivienda no pueda crecer”.

     

    En segundo lugar, “que esos límites no superen nunca el 90 a 10, entendiendo que tiene que haber nueve viviendas por cada vivienda de uso turístico, y además entendiendo que hay provisiones tangentes en la ley que son, por ejemplo, la de que todo el suelo residencial vaya para la construcción de un edificio único para albergar viviendas, o que viviendas de protección oficial se incorporen al mercado turístico”.

     

    Y en tercer lugar, “para los que ya están y son propietarios, y a su vez son titulares de esa declaración responsable, aunque el servicio se lo preste un externo, está la disposición transitoria primera, que viene a decir que los que cumplen hoy el decreto 113/2015 pueden seguir ejerciendo la actividad de forma indefinida con dos límites, la transmisión mortis causa o intervivo. Para aquellos explotadores no propietarios que han presentado la declaración y son responsables en nombre de un propietario, tienen una disposición transitoria que les permite quedarse 5 años”.

     

    Y para esos “no hoteles damos cuatro posibilidades, que son la disposición transitoria primera, la segunda, tercera y cuarta”. Por tanto, “lo que llamamos es a que si son hoteles o no hoteles nacidos al amparo de un decreto 113/2015 que tenía esa laguna legal, bien se queden como están, permanezcan, o bien se conviertan en lo que son, que son hoteles y empecemos a tener esa visión holística de lo que es una ciudad”.

     

    En definitiva, apostilló la consejera, “de lo que se trata es devolver al urbanismo al principio de especialización de uso y a algo que ha hecho a Canarias más competitiva en los últimos años, que es ganar en calidad de la oferta turística en su conjunto, y ésta también es una parte importante puesto que representa el 37% de las plazas alojativas en Canarias”.

     

    El papel crucial de los ayuntamientos en la planificación y el uso del suelo

     

    Desde que se inició la elaboración del proyecto de ley, el Gobierno de Canarias siempre dejó claro que esta norma iba a ser la herramienta perfecta para que los ayuntamientos fueran los garantes de un correcto desarrollo urbanístico de sus pueblos. Incluso en algún momento se criticó que la ley corría el riesgo de quedar en manos de unos órganos municipales que tantos quebraderos de cabeza han dado a la ordenación del territorio, y que así el Ejecutivo autonómico eludía ciertas responsabilidades. Para despejar las dudas, la Administración regional se reservó el derecho a intervenir sobre aquellos municipios que no tuvieran planes de ordenación a los que además se les daba un plazo para planificar.

     

    “En defecto de que los ayuntamientos no hagan ordenación, con el artículo 5.2 entrarían en vigor unos criterios generales a aplicar en aquellos municipios que no tengan normas”, apuntó la consejera

     

    Así, y “en defecto de que los ayuntamientos no hagan ordenación, hay un artículo maravilloso, que es el artículo 5.2, donde entrarían en vigor unos criterios generales a aplicar en aquellos municipios que no tengan normas. Nosotros lo llamamos normas de aplicación subsidiaria”. Por tanto, “siempre, a partir de la entrada en vigor de la ley, va a existir una ordenación independientemente de que lo impulsen los ayuntamientos atendiendo a su realidad municipal, o que no lo hagan, la cobertura será la que disponga la ley”.

     

    Dichas normas de aplicación subsidiaria vienen a establecer “casi los mismos mínimos que contenía el decreto 113/2025 con alguna incorporación extra”, en relación a los estándares básicos tales como “que la vivienda en cuestión de debe tener, como mínimo, 36 m² y excepcionalmente 20-25; que los propietarios cumplan una serie de requisitos, algunos opcionales, etc, es decir, unas normas de aplicación que sirvan, aunque no sirvan para determinar ese porcentaje de 90 días”.

     

    La denuncia de Ascav ante Europa de la que “no hay constancia”

     

    La consejería de Turismo se ha querido pronunciar acerca de la información trasladada a los medios de comunicación por parte de la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV) en la que aseguraba haber presentado una denuncia admitida a trámite por la Comisión Europea (CE) sobre una presunta vulneración de la normativa comunitaria del proyecto de ley que regulará esta actividad. Una de las “múltiples irregularidades” que la ASCAV detectó en el texto, rezaba el comunicado.

     

    Para el área que dirige Jéssica de León, “la afirmación de ASCAV sobre la presunta denuncia en Bruselas carece de fundamento y veracidad”. Ya que “no hay constancia de denuncia, ni de admisión a trámite, ni de procedimiento alguno en curso en la CE contra el Gobierno de Canarias por la Ley de Vivienda Vacacional”. Además, “la normativa europea se ha cumplido escrupulosamente, y no existen consecuencias derivadas de esta supuesta acción. En definitiva, se trata de un intento más por parte de ASCAV de enturbiar un proceso democrático legítimo”.

     

    “ASCAV afirma haber llevado el proyecto de ley de vivienda vacacional ante Bruselas por supuestas irregularidades. Sin embargo, no consta ninguna evidencia de que dicha denuncia haya sido admitida a trámite. Tampoco de que se haya presentado formalmente una ante la CE o cualquier otra instancia de la Unión Europea”. Hasta la fecha, apuntan “no se ha producido ninguna consecuencia derivada de la supuesta acción de ASCAV. Y en el futuro, tampoco se espera ninguna, dado que el Gobierno de Canarias ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos en la tramitación de la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas”.

     

    “La afirmación de ASCAV sobre la presunta denuncia en Bruselas carece de fundamento y veracidad”. Ya que “no hay constancia de denuncia, ni de admisión a trámite", apuntan desde el Gobierno de Canarias

     

    Además, recuerdan desde Turismo, que la Ley de ordenación sostenible del uso turístico de Viviendas “está en trámite parlamentario, lo que significa que aún no está vigente, aún no ha sido aprobada”. Con este hecho, “se refuta cualquier acusación de incumplimiento normativo, ya que la obligación de notificación a la UE se debe realizar antes de la aprobación definitiva de la norma”.

     

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